

NORMATIVIDAD





Normatividad
ESCNNA
De acuerdo a la Ley 679 de 2001, se advierte al turista que la explotación y el abuso sexual de los menores de edad son sancionados penal y administrativamente en Colombia. Así mismo, se cuenta con código de ética para prevenir e impedir la explotación sexual de niños y niñas adolescentes en el turismo, de acuerdo a la Ley 1336 de 2009 y la resolución que complementa la Ley 679.
Rechazamos la comercialización y tráfico de especies de fauna y flora silvestre. Ley 17 de 1981, Resolución 1367 de 2000.
Rechazamos la comercialización y tráfico ilegal de bienes culturales regionales y nacionales. Ley 103 de 1991 y su decreto 904 de 1941, ley 397 de 1997 y su decreto 833 de 2002, Ley 1185 de 2008.
Rechazamos la explotación, la pornografía, el turismo sexual y demás formas de abuso sexual con menores. Ley 679 de 2001.
DENUNCIA AQUÍ
Es nuestra obligación cuidar a nuestros niños y adolescentes.
Denuncia situaciones de explotación sexual de menores de edad en el contexto de viajes y turismo.



